Situación de los alquileres tras el último decreto del estado de alarma

Publicado: 01 de abril de 2020, 12:03
  1. Estado de alarma
Situación de los alquileres tras el último decreto del estado de alarma

Tras la declaración de estado de alarma, se ha creado mucha expectación con las anunciadas medidas para alquileres, que no daban llegado.

Ahora por fin están aquí.

Lo primero a destacar es que solamente son aplicables a "responder a la situación de vulnerabilidad en que incurran los arrendatarios de vivienda habitual como consecuencia de circunstancias sobrevenidas debidas a la crisis sanitaria del COVID-19".

Esto significa que los que ya eran deudores de alquiler antes del coronavirus, no pueden acogerse a estas medidas, ni  a las ayudas económicas, ni a la prórroga del alquiler por seis meses, ni al periodo de suspensión de demandas, ni de lanzamientos, etc.

Son aplicables las medidas a quienes, por causa del COVID-19, no pueden hacer frente al pago del alquiler, y divide las medidas según el propietario de la vivienda tenga más o menos de 10 viviendas en propiedad:

- Si su arrendador es alguien que tiene 10 viviendas o más, tiene que pedirle en un plazo máximo de un mes que le rebaje un 50% la renta mientras dure el estado de alarma o le permita pagar la deuda de un máximo de cuatro cuotas mensuales a lo largo de los próximos tres años, a elección del arrendador. El arrendatario además podrá acceder a ayudas de financiación para poder hacer frente al alquiler es estos términos.

- Si no tiene el propietario 10 viviendas o más, también hay que solicitarle reducción de renta o aplazamiento del pago, en un plazo de un mes, está obligado a contestar en 7 días, pero no está obligado a aceptar las condiciones solicitadas por el arrendatario. Eso sí, la solicitud abre la opción para el inquilino de acceder a ayudas para el pago del alquiler.

Ante cualquier duda sobre la situación de su alquiler con el estado de alarma, no dudéis en llamarnos al 986117297 // 986117299, escribirnos un mail a abogados@carrerayrodriguez.es o contactar a través de nuestras RRSS o nuestra web www.carrerayrodriguez.es.

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