¿Cuándo debo plantearme hacer testamento?

Publicado: 28 de junio de 2021, 15:55
  1. Herencias
¿Cuándo debo plantearme hacer testamento?

Cuando quiero decidir como se reparte mi herencia.

La respuesta, ya veis qué es muy corta y clara. Si solo quiero que mi herencia se reparta entre mis hijos a partes iguales sin especificar nada, no hace falta que haga testamento, ya que eso ocurrirá sin necesidad de testar.

Si quiero mejorar a alguno de mis hijos, si quiero adjudicar bienes concretos, si quiero establecer legados, si quiero imponer alguna obligación a los herederos, si quiero desheredar a un heredero forzoso, si quiero que herede mi cónyuge o pareja, si quiero dejar mis bienes a beneficiencia o a una organización, ...

Las posibilidades son muchas y la mejor forma de hacer cualquiera de estas cosas es hacer testamento, y si no queremos que ese testamento dé problemas, recomendamos que sea ante notario (los ológrafos, de puño y letra del causante, son válidos, pero a veces no aparecen o se pierden).

Recomendamos también que nos llaméis a fin de evitar que nuestro testamento pueda ser impugnado por no respetar la legítima, o no salvar apropiadamente las claúsulas que recoge el notario. Nosotros, después de la consulta en la que os orientaremos y aclararemos vuestras dudas, podemos preparar con el notario el testamento que vais a firmar para que se ajuste exactamente a lo que queréis hacer.

Además del testamento, existen otras figuras legales que nos permiten decidir qué hacer con
nuestros bienes, como los contratos de vitalicio, gravar los bienes con usufructos vitalicios, pactos de mejora, apartaciones, donaciones no colacionables,...

 

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