La curatela en España es una medida de apoyo para el ejercicio de la capacidad jurídica. Y, al respecto de la cuestión que lanzamos en el título, la regla actual es clara y meridiana: una persona con curatela conserva su derecho de voto y no queda privada de derechos por el simple hecho de necesitar apoyo. Para firmar contratos, no obstante, la clave está en la resolución judicial: debe indicar con precisión en qué actos necesita asistencia del curador y, solo si procede, cuándo existe representación. Para resolver cualquier duda relativa a curatelas, desde Carrera & Rodríguez Abogados ponemos a su disposición nuestro equipo de abogados en Vigo.
La curatela ya no funciona como una incapacitación
Actualmente, tras una serie de reformas en la legislación, la curatela se plantea como una medida de apoyo, adaptada a las necesidades de la persona y respetando su voluntad, deseos y preferencias.
Esto significa que no se parte de una anulación general de derechos y la persona mantiene su capacidad jurídica. Para cuestiones muy concretas, la resolución judicial será la que aclare qué apoyos necesita y en qué actos.
El derecho de voto se conserva
Una persona con curatela conserva el derecho de sufragio. Así lo garantiza la legislación electoral española, que actúa como garante del voto de las personas con discapacidad, sin privaciones por una razón de esta índole.
Por lo tanto, tener curador no impide votar. Si alguien le dice lo contrario, nuestros abogados en Vigo le recomendarán revisar dicha información, porque ese planteamiento quedó superado con la reforma de la Ley Electoral.
Firmar contratos exige leer la resolución
En los contratos, la respuesta no se resume en un sí o un no general. Hay que leer la sentencia o resolución que establece la curatela.
Algunas personas necesitarán asistencia para actos patrimoniales relevantes, como vender un inmueble, aceptar una herencia o firmar determinadas operaciones económicas. En supuestos excepcionales, el curador tendrá funciones representativas. En cualquier caso, como ya hemos apuntado, la sentencia será definitoria.
Saltarse los apoyos trae problemas
Si una persona firma un contrato prescindiendo del apoyo judicialmente previsto para ese acto, mucho cuidado porque el documento queda expuesto a discusión. No es lo mismo comprar algo ordinario que realizar una operación económica importante.
Por eso conviene actuar con prudencia jurídica. Antes de firmar, hay que saber qué dice la resolución, qué alcance tiene la curatela y si el curador debe asistir o intervenir.
Consulte con nuestros abogados de Vigo antes de firmar contratos importantes
Si en su familia existe una curatela y hay que votar, firmar un contrato, vender un bien o aceptar una herencia, nos puede pedir asesoramiento legal desde aquí. En Carrera & Rodríguez Abogados revisamos continuamente resoluciones de curatela y le podemos explicar qué actos requieren apoyo para evitar errores con consecuencias jurídicas.